INFORMACIÓN PARA PASAJEROS

MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LOS AEROPUERTOS

UNIÓN EUROPEA

 

Dados los acontecimientos de agosto 2006 y con el fin de proteger a todos los pasajeros contra la nueva amenaza de los explosivos líquidos, la Unión Europea ha adoptado medidas de seguridad que imponen restricciones a la cantidad de líquidos permitidos en los controles de detección.

 

Estas medidas de seguridad se aplican:

  • A todos los pasajeros;
  • En los puestos de control de todos los aeropuertos de la UE;

 

A todos los destinos;

A los pasajeros no se les permite llevar líquidos en su equipaje de cabina, excepto cuando estén contenidos en envases individuales de capacidad no superior a 100 mm o equivalente (100g/3

Oz), acondicionados en una bolsa de plástico sellada, transparente y que se pueda abrir y cerrar

de nuevo, de no más de 1 litro (por pasajero).

 

Como referencia, la bolsa no puede exceder las dimensiones de 19 cm x 20 cm.

bolsa higiene

Los artículos deben encajar cómodamente dentro de la bolsa, de modo que fácilmente se pueda sellar y permitir la visualización e identificación de su contenido.

 

Se entiende como líquido:

  • Agua y otras bebidas, sopas y jarabes;
  • Geles, incluyendo geles para el cabello;
  • Pastas, incluyendo pasta de dientes;
  • Otros artículos de consistencia similar;
  • Lociones, incluidos perfumes y cremas para barba;
  • Aerosoles y otros recipientes a presión

 

Excepciones:

  • Líquidos necesarios a todo el viaje*, destinados a fines médicos, con receta médica y prueba de autenticidad del líquido objeto de la exención;
  • Líquidos necesarios  a  todo  el viaje*,  destinados a  satisfacer  necesidades dietéticas

especiales, sujetos a un certificado médico;

  • Comida para bebés;

 

* Necesarios para consumo durante los vuelos y estada.

 

Cuando solicitado, el pasajero tendrá que facilitar o hacer prueba de la autenticidad del líquido exento a través de prueba gustativa o cutánea.

 

 

 

Medicamentos Inyectables

 

Aunque no se requiere ninguna declaración especial para el transporte de medicamentos inyectables, se recomienda al pasajero hacerse acompañar de documentos, por ejemplo, certificado médico o cualquier otro documento idóneo que acredite la necesidad de LAG (líquidos, aerosoles y geles) durante el viaje, a fin de facilitar y agilizar el control de seguridad.

 

Para más clarificaciones o información adicional, comuníquese con:

 

INAC

Correo Electrónico  falsec@inac.pt

Fax: (+351) 21 842 35 87

Rua B, Edifício 4 – Aeroporto da Portela 4

1749-034 Lisboa

PORTUGAL

 

Nota:

Estas restricciones no se aplican a los líquidos adquiridos y envasados en bolsas selladas en las tiendas ubicadas fuera del punto de control del título de embarque o a bordo de una aeronave de una Compañía de Aviación de la Unión Europea.

 

Sin embargo, las bolsas selladas nunca se deben abrir antes de pasar los puntos de control de seguridad y deben, en lo posible, permanecer cerradas y selladas hasta el destino final.

 

Estas medidas no se aplican al equipaje presentado en el mostrador de facturación para ser facturado como equipaje de bodega.

 

Otras medidas:

Los abrigos y chaquetas de los pasajeros serán controlados por separado del equipaje de cabina.

 

Los ordenadores  portátiles  y  otros  dispositivos  electrónicos  de  gran dimensión deben  ser previamente retirados del equipaje de cabina antes del control y se controlarán por separado.

 

Recomendaciones a los Pasajeros

  • Evite llevar líquidos en el equipaje de cabina;
  • En los puntos de control y antes de las máquinas de rayos X, presente todos los líquidos

transportados al personal de seguridad en servicio;

  • Exija que cualquier líquido comprado fuera del punto de control del título de embarque,

o  a  bordo  de  una  aeronave  de  una  Empresa  de  Aviación  Europea,  sea  colocado

 

preferiblemente por separado de otros artículos que compre en el mismo momento, en una bolsa sellada, junto con el comprobante de compra;

  • No abra la bolsa sellada hasta el destino final del viaje, especialmente al realizar vuelos

de conexión, con el riesgo de estos líquidos poder ser confiscados en otro punto de control.

 

Brasil

Reglamento sobre las limitaciones de transporte de sustancias líquidas en vuelos internacionales

 

Todos los pasajeros de vuelos internacionales o que necesiten utilizar la sala de embarque para vuelos internacionales estarán sujetos a las siguientes restricciones en materia de transporte del correspondiente equipaje de mano:

 

  • Todos los líquidos deben ser transportados en envases con una capacidad de hasta 100 ml, se deben colocar en una bolsa de plástico transparente sellada, con una capacidad máxima de 1 litro, que no exceda las dimensiones de 20 X 20 cm. Sólo se permite una bolsa de plástico por pasajero.
  • Líquidos en frascos de más de 100 ml no pueden ser transportados, incluso si el frasco

está parcialmente lleno.

  • Los frascos deben empaquetarse adecuadamente (con algún despeje) dentro de la bolsa

de plástico transparente completamente sellada.

  • Se exentan de los límites mencionados los artículos de medicamentos con la correspondiente receta médica, comidas para bebés y líquidos para dietas especiales, en la cantidad necesaria para ser utilizados durante la duración total del vuelo, incluidas posibles escalas, y deberán presentarse en el momento de la inspección.

 

Para verificar la reglamentación completa, podrá consultar:

http://www.anac.gov.br/biblioteca/resolucao/resolucao07.pdf

Adultos y niños

Equipaje de mano adecuado para su transporte en el compartimiento cerrado sobre el asiento del pasajero o debajo del asiento, con unas dimensiones máximas de 115 cm: 55 x 40 x 20 cm.

  • Clase Turista: 1 pieza hasta 8 kg
  • Clase Business: 1 pieza hasta 10kg

 

NOTA: Puede haber una cierta flexibilidad en función del equipo de la aeronave y/o restricciones impuestas por la regulación gubernamental.

 

Bebés

  • Alimentación del bebé para consumo durante el vuelo
  • 1 cuna – en la cabina o en la bodega.

 

Pasajeros con movilidad reducida que usen silla de ruedas, muletas o prótesis:

Además del equipamiento médico, transporte de hasta dos piezas del equipamiento de movilidad, por persona con discapacidad o con movilidad reducida, incluidas las sillas de ruedas eléctricas, sujeto a notificación previa de 48 horas y a las posibles limitaciones de espacio a bordo de la aeronave, así como a la aplicación de la legislación pertinente sobre mercancías peligrosas (de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006).

 

Las sillas de ruedas de los pasajeros sólo pueden ser transportadas como equipaje facturado.

 

Restricciones de Equipaje de Mano

Por razones de seguridad y para su comodidad, estamos obligados a limitar el peso y las dimensiones del equipaje de mano permitido en la cabina del avión. En el check-in, por favor revise si su equipaje de mano está dentro de los límites recomendados y entréguelo para ser etiquetado. Preste especial atención a los productos considerados peligrosos, especificados en su título de viaje, y que no pueden ser transportados como equipaje.

Es posible que haya restricciones en el transporte de equipaje de mano y/o ciertos tipos de artículos deportivos en algunos aviones.

Para más información póngase en contacto con nuestras oficinas.

El equipaje de cabina son los artículos que el pasajero transporta en la cabina pero que no se incluyen en el equipaje de mano gratuito, requiriendo el bloqueo de asientos adicionales para su transporte.

El equipaje de cabina puede referirse al equipaje voluminoso o frágil, tales como obras de arte, instrumentos musicales o equipos electrónicos.

Su aceptación está sujeta a las siguientes condiciones:

  • La presión/peso que el equipaje de mano ejerce en el asiento no puede exceder 84kg/185 libras;
  • Para pesos más altos o volúmenes de gran dimensión puede ser necesario bloquear más de un (1) asiento. Este número será definido por el transportador.

La franquicia de equipaje gratuito transportado en la bodega se puede basar en el peso o en el número de piezas a transportar.

Siguiendo las normas internacionales para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, euroAtlantic

Airways no transporta maletas/volúmenes superiores a 32 kg. Las maletas/volúmenes con más de 32 kg deben ser transportadas como carga. Verifique a continuación el equipaje permitido para su vuelo.

 

Concepto de Piezas

El concepto de piezas (piece concept) se basa en el número de piezas que un pasajero puede transportar.

 

Equipaje Facturable

Es el equipaje entregado a la responsabilidad de euroAtlantic airways y para el cual se emite una

etiqueta de equipaje.

Este equipaje es transportado en la bodega y, por razones de seguridad, en el mismo avión que el pasajero viaja.

 

El equipaje debe ser identificado con el nombre y la dirección del pasajero y debidamente cerrado para garantizar un transporte seguro.

 

El equipaje facturado no puede contener:

  • Objetos frágiles y perecederos;
  • Medicamentos esenciales;
  • Llaves;
  • Documentos profesionales o académicos;
  • Muestras;
  • Pasaportes u otros documentos de identificación;
  • Objetos de valor (como dinero, joyas, metales preciosos, gafas, lentes de contacto, prótesis y todo tipo de aparatos ortopédicos, computadoras personales u otros equipos asociados, teléfonos móviles y otros dispositivos electrónicos personales, títulos y valores negociables u otros documentos de valor ).

 

 

 

No está permitido el transporte aéreo de artículos peligrosos, tales como:

  • Explosivos, incluidos detonadores, espoletas, granadas y minas;
  • Gases, incluidos el propano y el butano;
  • Líquidos inflamables, incluida la gasolina y el metanol;
  • Sólidos inflamables y sustancias reactivas, incluyendo magnesio, teas, fuegos artificiales

y antorchas;

  • Oxidantes y  peróxidos  orgánicos,  incluidas  las  lejías  y  estuches  para  pintura  de

automóviles;

  • Sustancias tóxicas o infecciosas, incluidos los raticidas y la sangre infectada;
  • Materiales radiactivos, incluidos los isótopos medicinales u otros isótopos existentes en el mercado;
  • Sustancias corrosivas, incluyendo el mercurio y baterías de vehículos;
  • Componentes del sistema de suministro de combustible de los vehículos que ya hayan

contenido combustible.

 

 

 

Regla MSC (Most Significant Carrier) entró en vigor el 1 de abril 2011

Si la ruta más larga o más significativa del viaje no es operada por euroAtlantic airways pero por otra empresa aérea, las reglas y tasas de esta última se podrán aplicar también a los vuelos y valores de euroAtlantic airways.

Si la ruta más larga o más significativa del viaje es operada por euroAtlantic airways, se aplicarán las normas y tasas actualmente en vigor.

 

Regla EE.UU. DOT (Department of Transportation Office) en vigor desde el 23 de agosto 2012

Con respecto a los pasajeros cuyo origen o destino final es los EE.UU., las transportadoras de los Estados Unidos y del extranjero deberán aplicar, durante todo el recorrido, los mismos permisos y tasas para el equipaje que los aplicables al principio del viaje del pasajero. Para vuelos operados en «código compartido» (code-share) que sean parte de una ruta cuyo origen o destino final es los EE.UU., las transportadoras de los Estados Unidos y del extranjero deberán aplicar, durante todo el recorrido, los mismos permisos y tasas para el equipaje de la transportadora que ha vendido los títulos de viaje, si difieren de las aplicadas por la transportadora que hace el vuelo.

Consulte nuestras oficinas para obtener más información.

Equipamiento de Golf

 

Condiciones de transporte de equipamientos de golf * (por ruta) Europa: 35 Euros

 

Todos los valores que se muestran en esta tabla se aplican por cada bolsa con equipamiento hasta 32 kg. El equipamiento deportivo se puede incluir en el equipaje gratuito transportado en la bodega, siempre y cuando esté dentro de los límites de peso y dimensiones permitidos:

23 kg/32 kg y 158 cm (alto + largo + ancho). A ser cargado en la moneda local, según la tasa de cambio diaria.

 

* Se entiende por equipamiento de golf la bolsa que transporta todo el equipamiento y que incluye también un par de zapatos de golf.

Nota:  Las  condiciones  y  los  valores  indicados  sólo  son  válidos  para  vuelos  operados  por

euroAtlantic airways. Dependiendo de su aeropuerto de salida, podrá aplicarse una Tasa de

Expedición de Servicio además de las tasas mencionadas anteriormente.

 

Estos tipos de equipamientos siempre deben ser siempre solicitados en la compra del título de viaje, indicando el peso y las medidas.

 

Es posible que haya restricciones en el transporte de equipaje de mano y/o ciertos tipos de artículos deportivos en algunos aviones euroAtlantic airways. Para más información póngase en contacto con nosotros.

 

 

 

Transporte de Tablas

 

Los equipamientos de Kitesurf, tablas de Windsurf y de Surf siempre deben transportarse en una bolsa adecuada, debidamente empaquetados. Los pasajeros deben completar siempre la correspondiente Declaración de Transporte. En ausencia de este documento, el equipamiento mal empaquetado podrá no ser aceptado para efectos de facturación y, por lo tanto, podrá no ser transportado.

 

euroAtlantic airways no es responsable de los posibles daños causados durante el viaje en tablas inadecuadamente empaquetadas y recomienda la adquisición de un seguro.

 

Tabla de Precios (por ruta) Europa:

 

Equipamiento

Tablas (hasta 200 cm)                                EUR 50

Longboards (superior a 200 cm)              EUR 100

KiteSurf                                                        EUR 50

WindSurf/Ala Delta                                    EUR 100

Todos los valores que se muestran en esta tabla se aplican por cada bolsa con equipamiento hasta 32 kg. El equipamiento deportivo se puede incluir en el equipaje gratuito transportado en la bodega, siempre y cuando esté dentro de los límites de peso y dimensiones permitidos:

23 kg/32 kg y 158 cm (alto + largo + ancho). A ser cargado en la moneda local, según la tasa de

cambio diaria.

Nota: Las condiciones y los valores indicados sólo son válidos para vuelos operados por euroAtlantic airways. Dependiendo de su aeropuerto de salida, podrá aplicarse una Tasa de Expedición de Servicio además de las tasas mencionadas anteriormente.

Estos tipos de equipamientos siempre deben ser siempre solicitados en la compra del título de viaje, indicando el peso y las medidas.

Es posible que haya restricciones en el transporte de equipaje de mano y/o ciertos tipos de

artículos deportivos en algunos aviones euroAtlantic airways. Para más información póngase en contacto con nosotros.

 

Equipamiento de Esquí

 

Tabla de precios (por ruta) Europa:

 

Esquí acuático y de nieve           EUR 50

 

Todos los valores que se muestran en esta tabla se aplican por cada bolsa con equipamiento hasta 32 kg. El equipamiento deportivo se puede incluir en el equipaje gratuito transportado en la bodega, siempre y cuando esté dentro de los límites de peso y dimensiones permitidos:

23 kg/32 kg y 158 cm (alto + largo + ancho). A ser cargado en la moneda local, según la tasa de

cambio diaria.

Nota: Las condiciones y los valores indicados sólo son válidos para vuelos operados por euroAtlantic airways. Dependiendo de su aeropuerto de salida, podrá aplicarse una Tasa de Expedición de Servicio además de las tasas mencionadas anteriormente.

Estos tipos de equipamientos siempre deben ser siempre solicitados en la compra del título de viaje, indicando el peso y las medidas.

Es posible que haya restricciones en el transporte de equipaje de mano y/o ciertos tipos de artículos deportivos en algunos aviones euroAtlantic airways. Para más información póngase en contacto con nosotros.

 

Bicicletas y Tándems

 

Condiciones de transporte

  • Cualquiera de estos equipamientos sólo puede ser aceptado como equipaje facturado para su transporte en la bodega.
  • Estos equipamientos deben ser empaquetados con el manillar de lado y los pedales deben ser retirados.
  • Alternativamente, el  equipamiento  debe  estar  cubierto  en  celofán  o  similar  y  ser embalado en una caja de cartón.
  • Se recomienda que el manillar se gire hasta 90 grados y se mantenga firmemente en esta posición.

 

Bicicletas*                                      EUR 50

 

Tándems                                        EUR 100

 

Todos los valores que se muestran en esta tabla se aplican por cada bolsa con equipamiento hasta 32 kg. El equipamiento deportivo se puede incluir en el equipaje gratuito transportado en la bodega, siempre y cuando esté dentro de los límites de peso y dimensiones permitidos:

23 kg/32 kg y 158 cm (alto + largo + ancho). A ser cargado en la moneda local, según la tasa de cambio diaria.

Nota: Las condiciones y los valores indicados sólo son válidos para vuelos operados por euroAtlantic airways. Dependiendo de su aeropuerto de salida, podrá aplicarse una Tasa de Expedición de Servicio además de las tasas mencionadas anteriormente.

Es posible que haya restricciones en el transporte de equipaje de mano y/o ciertos tipos de artículos deportivos en algunos aviones euroAtlantic airways. Para más información póngase en contacto con nosotros.

 

Otros equipamientos deportivos

 

Tabla de precios (por ruta) Europa:

 

Ala Delta y Parapente*                              EUR 100

Salto con Pértiga                                        EUR 100

Pesca                                                            EUR 50

Otro equipamiento deportivo                  EUR 100

 

Todos los valores que se muestran en esta tabla se aplican por cada bolsa con equipamiento hasta 32 kg. El equipamiento deportivo se puede incluir en el equipaje gratuito transportado en la bodega, siempre y cuando esté dentro de los límites de peso y dimensiones permitidos:

23 kg/32 kg y 158 cm (alto + largo + ancho). A ser cargado en la moneda local, según la tasa de

cambio diaria.

 

* Se considera equipamiento de grandes dimensiones, por lo que es obligatorio el previo contacto con euroAtlantic airways.

 

 

 

Importante:

Nota: Las condiciones y los valores indicados sólo son válidos para vuelos operados por euroAtlantic airways. Dependiendo de su aeropuerto de salida, podrá aplicarse una Tasa de Expedición de Servicio además de las tasas mencionadas anteriormente.

Estos tipos de equipamientos siempre deben ser siempre solicitados en la compra del título de viaje, indicando el peso y las medidas.

Es posible que haya restricciones en el transporte de equipaje de mano y/o ciertos tipos de artículos deportivos en algunos aviones euroAtlantic airways. Para más información póngase en contacto con nosotros.

 

El equipamiento deberá ser transportado en una bolsa adecuada.

Por razones de seguridad, el transporte de determinados objetos como equipaje de mano está prohibido:

 

que puedan o parezcan poder utilizarse para causar heridas graves mediante la descarga de un proyectil;

  • Dispositivos de neutralización: dispositivos diseñados específicamente para aturdir o inmovilizar;
  • Objetos puntiagudos o afilados: objetos que por su punta afilada o bordes cortantes puedan utilizarse para causar heridas graves;
  • Herramientas de  trabajo:  herramientas  que  pueden utilizarse  para  causar  heridas graves o para amenazar la seguridad de la aeronave;
  • Instrumentos romos: objetos que pueden causar lesiones graves cuando se utilicen para golpear alguien físicamente;
  • Explosivos, sustancias y dispositivos incendiarios: Materiales y dispositivos explosivos e incendiarios que pueden o parezcan poder utilizarse para causar heridas graves o para amenazar la seguridad de la aeronave;
  • Líquidos, geles y aerosoles.

Nota: El transporte de líquidos a bordo sólo se autoriza en envases de hasta 100 mililitros y que no excedan en total 1 litro por pasajero. Estos deben ser empaquetados en una bolsa de plástico transparente con sistema de cierre y apertura fácil con 19cm x 20cm.

 

Cigarrillos electrónicos

Un cigarrillo electrónico o e-cigarrillo es un dispositivo electrónico que intenta simular el acto

de fumar. Se pueden parecer a un cigarrillo normal, tanto en formato como en funcionamiento e incluso puede simular humo, aunque esto es vapor de agua.

 

Posee, de modo general, 3 elementos comunes:

  • Boquilla (cartucho)
  • Dispositivo de calentamiento (cámara de atomización)
  • Batería (generalmente una batería recargable de iones de litio y un sistema electrónico que

emite luz LED de color).

 

Aunque los cigarrillos electrónicos no están prohibidos por la ley, su uso a bordo puede causar problemas y su consumo no está permitido a bordo de las aeronaves de euroAtlantic airways. Sin embargo, se puede llevar en el equipaje de mano.

El uso de los siguientes dispositivos durante todas las fases del vuelo no está permitido:

  • Cigarrillos electrónicos;
  • Walkie-talkies/radios portátiles;
  • Juguetes con control remoto;
  • Equipamiento inalámbrico para ordenador;
  • Equipos estéreo, incluyendo radios de bolsillo (AM/FM);
  • Receptores de TV portátiles;
  • Dispositivos Bluetooth;
  • Dispositivos que transmiten frecuencias de radio y equipos similares.

 

Importante:

En los vuelos hacia y desde los Estados Unidos de América podrá estar sujeto a una verificación adicional de equipaje de mano y una inspección detallada del calzado y de todos los aparatos eléctricos y electrónicos que se transporte.

encendedores en el equipaje de mano y en el equipaje de bodega.

Notas importantes:

Se cobra una tarifa fija de 25€ para armas y municiones transportadas por cada ruta de un viaje.

Esta tasa es aplicable en ambos métodos de cálculo de equipaje: Concepto de Peso y Concepto de Piezas.

 

El pasajero deberá hacer el registro de entrada (check-in) 1 hora antes de la hora normal.

 

El transporte de armas y municiones es de entera responsabilidad del pasajero y sólo se acepta bajo las siguientes condiciones:

  • En la cabina no está permitido poseer armas o municiones;
  • En el  check-in  deberán  ser  entregadas  descargadas,  desmontadas  y  embaladas adecuadamente;
  • El pasajero debe tener en orden toda la documentación referente a la arma (libreta, licencia de uso y tenencia de arma de fuego);
  • Las armas pequeñas, desde que declaradas en el check-in, podrán ser transportadas en las maletas del equipaje facturado;
  • Armas y municiones que contengan proyectiles explosivos no pueden ser transportadas

como equipaje facturado;

  • La municiones no pueden ser transportados en cantidades superiores a 5 kg/11 libras por

pasajero y por volumen;

  • Las municiones deben ser de pequeño calibre y no contener proyectiles explosivos. Deberán empaquetarse en un recipiente con exterior suficientemente fuerte: madera, metal o fibra, protegidas contra los choques e impedidas de moverse en su interior.

 

Transporte de armas en Reino Unido

  • Se permite  el  transporte  de  armas  de  fuego  desde/para  el  Reino  Unido,  con restricciones, bajo la presentación de la licencia de armas. También debe tener un permiso/licencia especial expedido por la autoridad policial local (en Reino Unido). Las armas deben ser transportadas con el pasajero como equipaje personal, sujeto a check- in.
  • Todas las armas de mano (pistolas/revólveres) están sujetas a restricciones bajo la legislación de Reino Unido y no pueden ser transportadas a bordo de los aviones de euroAtlantic airways.

 

Transporte de armas en Suiza

•           No está permitido el transporte de armas y municiones consideradas «armamento de guerra» desde/para territorio suizo.

La posibilidad de transportar una batería/pila de litio por vía aérea depende:

  • de  su  configuración  y  capacidad  vatios-hora  (Wh),  en  el  caso  de  baterías/pilas recargables;
  • o del contenido de litio (LC), en el caso de baterías/pilas no recargables.

 

Consulte la tabla siguiente para saber si su batería/pila se podrá aceptar:

(Para convertir Amperios-hora (Ah) en vatios-hora (Wh), multiplique Ah por la tensión)

 

Condiciones de transporte

  • Los terminales  de  las  baterías/pilas  de  repuesto  deben  estar  protegidos  contra

cortocircuitos.

  • Las baterías/pilas deben ser transportadas dentro del respectivo embalaje original o se debe aplicar cinta adhesiva en los terminales, o cada batería/pila debe ser colocada en una bolsa de plástico individual.
  • Las baterías/pilas de repuesto no se pueden colocar en el equipaje de bodega.
  • Las baterías/pilas insertadas en equipamientos (ordenadores portátiles, cámaras, teléfonos móviles, etc.) deben estar desactivadas y no se pueden activar accidentalmente cuando colocadas en el equipaje de bodega.

 

  • Ejemplos de baterías/pilas de Litio:
  • Las baterías y pilas de litio pequeñas incluyen las baterías de teléfonos móviles, pilas de reloj, pilas de MP3 y la mayoría de las baterías originales de los ordenadores portátiles. La capacidad máxima de este tipo de batería es de 100 vatios-hora (Wh).
  • Las baterías y pilas de litio medianas incluyen las pilas y baterías más grandes, como algunas baterías de larga duración para ordenadores portátiles y las baterías usadas en equipamiento audiovisual profesional. Una batería/pila «mediana» genera entre 100 y 160 vatios-hora de energía.
  • Las baterías y pilas de litio grandes están destinadas para uso industrial. Una batería recargable de gran dimensión genera más de 160 vatios-hora de energía. Las baterías grandes se pueden encontrar en ciertos vehículos eléctricos e híbridos y en dispositivos de movilidad y motocicletas.
  • Si el equipo o una batería de litio está dañado o parece dañado y se lleva a bordo, el propietario debe colocarlo en un lugar visible, debe estar completamente apagado (no en modo vuelo), protegido de activación accidental (con todas las funciones apagado, como las alarmas, que eventualmente pueden activarlo), y no se cargará en ningún momento.
  • Los pasajeros deben informar inmediatamente a la tripulación de cabina en caso de que el dispositivo / batería se sobrecaliente, se dañe, se eche humo y se pierda o caiga en la estructura del asiento.

 

Excepción para la batería de la silla de ruedas

Aunque las baterías que contienen líquido que pueda verter normalmente no se permiten en el equipaje de cabina o de bodega, se pueden transportar si son parte de la silla de ruedas eléctrica del pasajero. Tendrá que retirar la batería de la silla de ruedas y transportarla en un recipiente especial.

Si un pasajero tiene una silla de ruedas con una batería que contiene líquido que pueda derramarse, debe llegar temprano al aeropuerto e informar al personal de facturación.

 

Baterías líquidas (que pueden derramarse)

Estas baterías se consideran una carga peligrosa pero pueden ser aceptadas. La Empresa de Aviación debe tener conocimiento previo para garantizar que los requisitos de manejo están de conformidad con los reglamentos. Este tipo de batería sólo se acepta como carga.

 

Baterías secas (herméticas)

Estas baterías no se consideran una carga peligrosa y deben ser probadas a fondo antes de que un fabricante pueda etiquetar la batería como seca y/o hermética. No se aceptan como equipaje de bodega.

 

Nota:

Se puede transportar con seguridad en el equipaje de mano o de bodega otro tipo de baterías, como las baterías/pilas de níquel-cadmio (Ni-Cad) y alcalinas, siempre que estén protegidas contra cortocircuitos.

El equipaje debe estar siempre debidamente identificado con su nombre y, al menos, con su teléfono (a ser posible, el teléfono móvil).

 

Para mayor seguridad, le sugerimos que ponga una información con sus datos dentro de cada equipaje enviado a la bodega.

  • Objetos frágiles, perecederos, valores o documentos no deben ser transportados como

equipaje facturado.

  • No exceda la capacidad del equipaje, respetando su límite.
  • Cuando factura el equipaje, debe comprobar si el comprobante corresponde al destino deseado.
  • Al recoger el equipaje a la llegada, debe asegurarse de que el número de la etiqueta

coincide con el número del comprobante.

  • Las reclamaciones de anomalías en el equipaje deben ser reportadas inmediatamente a los empleados de euroAtlantic airways en el momento de la recogida o constatación de la desaparición, antes de abandonar el área de entrega de equipaje.
  • Para su propia seguridad, euroAtlantic airways aconseja: no transporte volúmenes de otras personas sin conocer su contenido.

El día 17 de febrero entró en vigor el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero 2004, que establece normas comunes sobre la indemnización y asistencia a los pasajeros de transporte aéreo en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.

Se han reforzado los derechos de los pasajeros aéreos de la Unión Europea.

 

 

Las nuevas reglas se aplican:

  • A los pasajeros que salgan de un aeropuerto ubicado en el territorio de un Estado

Miembro.

  • A los pasajeros que salgan de un aeropuerto situado en un tercer país con destino a un aeropuerto situado en el territorio de un Estado Miembro, a condición de que el vuelo sea operado por una transportadora aérea comunitaria.
  • Si tiene una reserva confirmada para el vuelo.

 

Una reserva confirmada significa que el título de viaje vendido por la transportadora o agencia de viajes autorizada tiene indicación del número de vuelo, fecha y hora del vuelo con la notación OK, confirmado o cualquier otra indicación apropiada en el espacio previsto a tal efecto en el título de viaje. Esto significa que el transportador reconoció y confirmó la reserva.

 

Pero, y cuando no existe título de viaje?

Hoy en día muchas empresas no emiten títulos de viaje convencionales. En su lugar envían una copia impresa del itinerario o un correo electrónico, que es el título de transporte. Si la reserva se realiza a través del teléfono, podrán asignar un número de reserva que ha de ser válido como billete de transporte. El pasajero tendrá que presentar la impresión de su itinerario, el recibo del correo electrónico o el número de reserva cuando haga el check-in (registro), ya que contienen información importante sobre los horarios y fechas de su viaje.

Nota importante: si el título de viaje del pasajero es gratuito o dispone de una tarifa reducida que no está disponible al público, directa o indirectamente, el transportador no está obligado a indemnizar a los pasajeros por denegación de embarque.

Cada año, miles de pasajeros son víctimas de overbooking, retrasos prolongados y cancelaciones de vuelos.

Al hacer una reserva, los pasajeros deberán aceptar las condiciones impuestas por la compañía aérea, no pueden negociar sus contratos y rara vez los conocen. Cuando el viaje no va como esperaba, sea por denegación de embarque o cancelación de un vuelo, quedará pendiente de la transportadora para continuar su viaje y regresar a casa.

 

Las nuevas normas imponen una compensación mínima automática por cualquier daño sufrido. Los pasajeros tienen ahora más medios para defender sus derechos.

 

  • Denegación de Embarque

Conozca sus derechos en caso de:

  • Cancelación de vuelos
  • Retrasos prolongados
  • Colocación en clase inferior
  • Viajes combinados

 

 

 

Los importes abonados en concepto de indemnización o los reembolsos de precios de títulos de viaje se pueden hacer en efectivo, por transferencia bancaria o cheque. Estos pagos sólo pueden hacerse a través de bonos de viaje u otros servicios con el consentimiento expreso del pasajero mediante acuerdo escrito.

Todos los importes deben ser pagados en el plazo máximo de 7 días. Conozca también que derechos le asisten en caso de:

  • Pérdida, retraso o daño de equipaje
  • Lesiones personales y muerte en accidentes

 

 

Denegación de embarque – Qué es? Que derechos?

Denegación de embarque significa que la transportadora aérea se negó a embarcar al pasajero en un horario de vuelo, a pesar de que este tenga un título de viaje válido, tenga confirmación de su reserva y de haberse presentado para el check-in (registro) con la antelación indicada y escrita por la transportadora, operador turístico o agencia de viajes autorizada. Si esta hora no está indicada, el pasajero deberá presentarse al registro hasta 45 minutos antes de la hora de salida anunciada.

Normalmente, la denegación de embarque se produce cuando la transportadora vende más

entradas que las existentes. Esto se debe al hecho de que alrededor del 10% de los pasajeros no confirman sus reservas a tiempo, no se presentan a registro o simplemente deciden no hacer el viaje.

 

Cuando el pasajero compra un título de viaje para transporte aéreo, celebra un contrato con la transportadora. De ese contrato surgen derechos, pero también deberes. De los deberes de los pasajeros se destacan los siguientes:

 

  1. a) el pasajero tiene que confirmar su reserva;
  2. b) el pasajero debe presentarse al check-in (registro) en la fecha y hora estipuladas y demostrar

que tiene una reserva confirmada.

 

Si el pasajero no lo hace, la transportadora podrá denegar el embarque sin obligación de compensarle de alguna manera.

 

Sin embargo, la transportadora puede acordar con el pasajero el embarque en otro vuelo, cobrando o no un cargo, si tiene disponibilidad. Esto dependerá de las prácticas comerciales adoptadas por cada empresa.

 

 

 

Qué derechos?

Cuando tenga motivo razonable para prever que denegará el embarque en un vuelo, la transportadora aérea operadora debe primero pedir voluntarios que renuncien a sus asientos. Sólo si no hay voluntarios el embarque puede ser denegado.

Por lo tanto, hay dos situaciones que distinguir:

 

  1. a) El pasajero cede voluntariamente su asiento

Si el pasajero acepta ceder su lugar, se pueden acordar beneficios entre el pasajero y la transportadora. Además de estos beneficios, el pasajero tendrá también derecho a asistencia por parte de la transportadora. Tendrá derecho, como alternativa, al reembolso del título de viaje en el plazo de siete días y vuelo de regreso al primer punto de partida o la conducción hasta su destino final (en la primera oportunidad o en una fecha posterior conveniente al pasajero, en este caso, sujeto a disponibilidad de asientos).

  1. b) el pasajero no quiere ceder su asiento

Si el número de voluntarios es insuficiente para permitir el embarque, la transportadora aérea podrá denegar el embarque a los pasajeros contra su voluntad, compensándoles.

 

En este caso, los pasajeros tendrán derecho a una indemnización mínima, en los siguientes importes:

 

 

 

  • 250 € para todos los vuelos hasta 1500 km;

 

  • 400 € para todos los vuelos intracomunitarios con más de 1500 km y para todos los otros

vuelos, entre 1500 y 3500 km;

  • 600 € para todos los vuelos no cubiertos por los casos anteriores.

Esta indemnización se puede reducir en un 50% si se ofrece al pasajero un transporte alternativo hasta su destino final en otro vuelo cuya hora de llegada no exceda la del vuelo original en:

  • Dos horas para los vuelos hasta 1.500 km
  • tres horas en los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km;
  • Cuatro horas en vuelos que no estén cubiertos en los casos anteriores.

 

 

 

Sumado a esta indemnización mínima, el pasajero tendrá derecho:

  • Al reembolso del precio del título de viaje en el plazo de siete días y vuelo gratuito de regreso al primer punto de partida o la conducción hasta el destino final (en la primera oportunidad o en una fecha posterior conveniente al pasajero, en este caso, sujeto a disponibilidad de asientos).
  • A asistencia al pasajero: la transportadora ofrecerá al pasajero:
  • comidas y bebidas, en una medida adecuada al tiempo de espera;
  • alojamiento en un hotel;
  • transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento;
  • posibilidad de hacer gratuitamente dos llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o mensajes por correo electrónico.

 

 

 

Tenga en cuenta que la transportadora aérea operadora deberá prestar especial atención a las necesidades de personas con movilidad reducida y sus acompañantes, así como niños no acompañados.

 

«Destino final» es el destino que presenta el título de viaje al momento del check-in (registro). Si el pasajero coge más de un avión (vuelos de conexión) el destino final será el último destino mencionado en su título de transporte.

Si el pasajero tiene vuelos de conexión que se materializarán sin dificultad a pesar de la denegación de embarque haber provocado cierto retraso, el pasajero no tendrá derecho al reembolso de esos vuelos.

Cancelación de vuelo

Si el vuelo se cancela por razones imputables a la transportadora, por ejemplo, debido a problemas técnicos u operativos, esta tendrá que ofrecer al pasajero:

  1. a) la posibilidad de elegir entre el reembolso del precio del título de viaje en el plazo de siete días (y vuelo gratuito al punto de partida, en su caso) o el transporte alternativo hasta su destino final (en la primera oportunidad o en una fecha posterior que convenga al pasajero, en este caso, sujeto a disponibilidad);

Y, también

  1. b) Asistencia al cliente (comidas y bebidas, en una medida adecuada al tiempo de espera; alojamiento en un hotel, transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento, la posibilidad de hacer gratuitamente dos llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o mensajes por correo electrónico).

 

La transportadora también podrá tener que compensarle al igual que en el caso de denegación de embarque, a menos que tenga informado el pasajero de la cancelación con suficiente antelación.

 

De este modo, el pasajero no tendrá derecho a indemnización si:

 

  1. a) es informado de la cancelación del vuelo dos semanas antes de la hora de salida;

 

  1. b) al haber sido informado de la cancelación entre dos semanas y siete días de la hora de salida prevista, se le ha dado la alternativa de salir hasta dos horas antes y llegar al destino final hasta cuatro horas después de la hora programada;

 

  1. c) ha sido informado de la cancelación con menos de siete días antes de la hora prevista de salida, se le ha dado la alternativa de salir hasta una hora antes y llegar al destino final con menos de dos horas después de la hora prevista de llegada;

 

  1. d) la transportadora prueba que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias que no podrían evitarse razonablem

Cabe a la transportadora demostrar que informó el pasajero de la cancelación y en qué fecha y condiciones.

 

Retrasos prolongados

Si la transportadora tiene previsión de que, en relación con la hora prevista de salida, un vuelo

se retrasará:

  • 2 horas o más, en el caso de los vuelos hasta 150 km;
  • 3 horas o más, en el caso de los vuelos intracomunitarios de más de 1500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km;
  • 4 horas o más, en el caso de los vuelos no comprendidos en los casos anteriores,

el pasajero tiene derecho a asistencia inmediata. Esta asistencia será proveer:

  • comidas y bebidas, en una medida adecuada al tiempo de espera;
  • posibilidad de hacer gratuitamente dos llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o

mensajes por correo electrónico.

 

Si la hora de salida del nuevo vuelo es el día siguiente de la fecha prevista, el pasajero también tendrá derecho a alojamiento en hotel y transporte de ida y vuelta entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.

 

Si el retraso es de 5 horas o más, el pasajero tiene derecho al reembolso del precio total del título de viaje en el plazo de siete días (y vuelo gratuito al punto de partida, en su caso).

 

Colocación en clase inferior

 

Si el pasajero acepta viajar en una clase inferior de aquella por la que pagó el título de viaje, la transportadora le reembolsará en un plazo de siete días, de acuerdo con lo que sigue:

  • 30% del precio del título de viaje, para todos los vuelos hasta 1500 km;
  • 50% del precio del título de viaje, para todos los vuelos intracomunitarios de más de

1500 kilómetros, excepto los vuelos entre los Estados Miembros y los territorios franceses de ultramar, y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km;

  • 75% del precio del título de viaje, para todos los vuelos no comprendidos en los casos anteriores, incluidos los vuelos entre los Estados Miembros y los territorios franceses de ultramar.

 

Viajes combinados

 

Sin perjuicio de los derechos previstos en la legislación especial aplicable a los viajes combinados, el operador turístico está obligado a transferir al pasajero cualquier importe que le sea pago por denegación de embarque, cancelación de vuelos, retrasos o colocación en clase inferior.

 

Pérdida, retraso o daño de equipaje

Con el Convenio de Montreal de 1999 y el Reglamento (CE) nº 2027/97 del Consejo sobre la responsabilidad de las transportadoras aéreas en caso de accidente, modificado por el Reglamento (CE) nº 889/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de mayo de 2002, que establece límites uniformes de responsabilidad por pérdida, daño o destrucción del equipaje y para los perjuicios ocasionados por retrasos en los viajes efectuados por transportadoras comunitarias, el régimen de pérdida, retraso o deterioro del equipaje, así como la responsabilidad de la transportadora en caso de lesiones o muerte en un accidente, se aclara mejor.

Las reglas que siguen se aplicarán a todos los vuelos operados por una empresa aérea de la UE, en cualquier parte del mundo, así como de cualquier Estado que haya ratificado el Convenio de Montreal.

De hecho, sólo un sistema unificado asegura una información sencilla y clara para el pasajero, lo que le permite reconocer la necesidad de hacer o no un seguro suplementar.

En el caso de equipaje facturado, la transportadora es siempre responsable si la pérdida o daño se ha producido a bordo de la aeronave o durante el período en que el equipaje facturado está bajo la custodia de la transportadora. Sin embargo, la transportadora no será responsable si el daño se debe exclusivamente a un defecto, de naturaleza o de vicio propio del equipaje. En el caso de equipaje no facturado, incluyendo los objetos personales, la transportadora es responsable si el daño ha sido causado por la transportadora, sus trabajadores o agentes.

El pasajero podrá pedir indemnización por perjuicios causados por la pérdida, retraso en la llegada o daño del equipaje hasta 1000 DSE1.

Si el pasajero transporta valores más elevados, para que ese valor sea asumido por la transportadora, el pasajero tendrá que hacer en el momento de la entrega del equipaje a la transportadora, y mediante el pago de algún importe adicional, una declaración especial de interés para la entrega en el destino.

En caso de retraso del equipaje, la transportadora podrá ofrecer un monto para compras de emergencia, pero este monto podrá variar de una transportadora a otra. Si tiene que hacer algún gasto, el pasajero deberá guardar los recibos para adjuntarlos a su reclamación.

 

Plazos para la reclamación:

 

Si el equipaje facturado ha sufrido daño, retraso, ha sido perdido o destruido, el pasajero debe señalarlo por escrito a la transportadora aérea lo antes posible. El pasajero deberá reclamar siempre a la transportadora la pérdida o daño del equipaje antes de abandonar el aeropuerto. La falta de reclamación inmediata podrá hacer asumir que el pasajero recibió el equipaje en buen estado.

 

Sin embargo, existen plazos para hacer la reclamación, la cual debe ser presentada por escrito a la transportadora:

 

  1. a) en el caso de daño del equipaje facturado, en el plazo de 7 días a partir de la fecha de su entrega;

 

  1. b) en el caso de retraso del equipaje, en el plazo de 21 días a partir de la fecha de su entrega;
  2. c) en el caso de pérdida no existe un plazo límite fijado. Cabe señalar que después de 21 días el retraso del equipaje debe ser tratado como pérdida de equip

 

Cualquier acción en los tribunales con respeto a indemnizaciones por daños debe ser interpuesta en el plazo de dos años a partir de la fecha de llegada del avión o del día en que el avión hubiese debido llegar.

 

Puede presentar la solicitud de indemnización a la compañía aérea con la que celebró el contrato o a la compañía que opera el vuelo, si son distintas.

 

Lesiones personales y muerte en accidente

El Reglamento (CE) nº 2027/97 del Consejo sobre la responsabilidad de las transportadoras aéreas en caso de accidente, modificado por el Reglamento (CE) nº 889/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de mayo 2002, establece, también, algunas reglas sobre indemnización por daños físicos o muerte de pasajeros.

Se subraya la obligación de la transportadora al pago de un anticipo, en el plazo de 15 días a partir de la identificación de la persona con derecho a indemnización, para cubrir las necesidades económicas inmediatas. En caso de fallecimiento, ese anticipo no podrá ser inferior a 16.000 DSE.

 

Derechos de Información

En caso de denegación de embarque, cancelación y retraso de más de dos horas, la transportadora deberá proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un escrito con las reglas de indemnización y asistencia.

 

También debe ser facilitado al pasajero un impreso con los datos de contacto del organismo nacional responsable de la aplicación del Reglamento. En Portugal, el INAC Instituto Nacional da Aviação Civil.

 

Si hay denegación de embarque, cancelación de vuelo o gran retraso, cómo proceder?

El pasajero debe exigir al representante de la transportadora que solucione el problema.

Si esta no cumple con sus obligaciones, el pasajero deberá presentar una queja ante el INAC

Instituto Nacional de Aviação Civil.

 

Estos derechos se aplican sin perjuicio de los derechos de los pasajeros a una indemnización suplementar. A esta indemnización se puede acumular otra que se determine judicialmente.

 

CONDICIONES DEL CONTRATO Y OTRAS ADVERTENCIAS IMPORTANTES

 

SE INFORMA A LOS PASAJEROS CON VIAJES QUE TENGAN COMO DESTINO FINAL O DE PARADA EN RUTA UN PAÍS DIFERENTE DEL DE SALIDA, DE QUE TRATADOS INTERNACIONALES BIEN CONOCIDOS COMO EL CONVENIO DE MONTREAL, O SU PREDECESOR, EL CONVENIO DE VARSOVIA, INCLUYENDO SUS ENMIENDAS (SISTEMA DEL CONVENIO DE MONTREAL) PUEDEN SER APLICABLES A TODO EL VIAJE O A UNA PARTE DEL VIAJE HECHA EN UN PAÍS. PARA ESTOS PASAJEROS, EL TRATADO APLICABLE RIGE Y PUEDE LIMITAR LA RESPONSABILIDAD DE LOS TRANSPORTADORES, INCLUIDOS LOS CONTRATOS ESPECIALES DE TRANSPORTE INCORPORADOS EN CUALESQUIERA TARIFAS APLICABLES.

 

ADVERTENCIA sobre Limitaciones de Responsabilidad

 

El Convenio de Montreal puede ser aplicable a su viaje y este Convenio rige y puede limitar la responsabilidad de las transportadoras aéreas por muerte o lesiones personales, pérdida o daño del equipaje y retrasos.

Si el Convenio de Montreal es aplicable, los límites de responsabilidad son los siguientes:

  1. 1. No hay límite financiero fijado para muerte o lesiones person
  2. 2. En el caso de destrucción, pérdida, daño o retraso del equipaje, 1.131 Derechos

Especiales  de  Giro  (Special  Drawing  Rights)  (aproximadamente  1.200  Euros;  1,800

Dólares Americanos) por pasajero, en la mayoría de los casos.

  1. 3. Para daños causados por retraso en el viaje, 4.694 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 5.000 Euros; 7.500 Dólares Americanos) por pasajero, en la mayoría de los caso

El Reglamento EC 889/2002 exige a las transportadoras aéreas de la Comunidad Europea la aplicación de los límites establecidos por el Convenio de Montreal en relación con el transporte aéreo de pasajeros y su equipaje. Variadas transportadoras aéreas de fuera de la Comunidad Europea también aplican el Convenio de Montreal en el transporte de pasajeros y su equipaje.

Cuando se aplique el Convenio de Montreal, podrán aplicarse los siguientes límites de responsabilidad:

  1. 1. 16.600 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 20.000 Euros; 29.000 Dólares Americanos) por muerte o lesiones personales en los casos en que se aplique el Protocolo de La Haya al Convenio, o 8.300 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 10.000 Euros; 14.000 Dólares Americanos) si sólo es aplicable el Convenio de Montr Muchas transportadoras aéreas han renunciado voluntariamente a estos límites en su totalidad, y las normas de los Estados Unidos de América establecen que para los viajes hacia, desde o con una parada en ruta en los EE.UU., el límite no podrá ser inferior a 75.000 Dólares Americanos.
  2. 2. 17 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 20 Euros, 29 Dólares Americanos) por kg, por pérdida, o daño, o retraso del equipaje facturado, y 332 Derechos Especiales de Giro (aproximadamente 400 Euros; 575 Dólares Americanos) para el equipaje no facturado.
  3. 3. El transportador puede ser responsable de los daños causados debido al retraso. Podrá obtener más  información  con  el  transportador  en  cuanto  a  los  límites  de responsabilidad  aplicables  a  su  viaj  Si  el  viaje  del  pasajero  incluye  transportes efectuados por diferentes transportadores, debe comunicarse con cada transportador para obtener información sobre los límites de responsabilidad aplicables.

 

 

 

El pasajero puede tener un límite más alto de responsabilidad por pérdida, daño o retraso del equipaje, independientemente del Convenio aplicable a su viaje, a través de una declaración especial con el valor de su equipaje, realizada en el momento del check-in y pagar algún coste adicional aplicable. Alternativamente, si el valor del equipaje excede los límites de responsabilidad aplicables, debe hacerse un seguro para todo el equipaje antes de viajar.

 

 

 

Plazo para acción judicial: Cualquier demanda legal en Juicio con relativa a una reclamación por daños debe ser interpuesta en el plazo de dos años a partir de la fecha de llegada del avión, o a partir de la fecha en que la aeronave hubiese debido llegar al destino. Reclamación de equipaje: En caso de daños, debe ser comunicada por escrito a la transportadora en el plazo de 7 días a

 

partir de la fecha de entrega, y, en caso de retraso, dentro de los 21 días a partir de la fecha en que el equipaje se puso a disposición del pasajero.

 

Advertencia sobre las Condiciones Contractuales Incorporadas por Referencia

 

  1. 1. Su contrato de transporte con la transportadora aérea que proporciona el viaje, ya sea internacional, nacional o una parte nacional de un viaje internacional, está sujeto a esta advertencia; a cualquier advertencia o recibo del transportador; y a las reglas y condiciones individuales del transportador (Condiciones), normas y reglamentos relacionados, y a cualquier tarifa aplicab
  2. 2. Si el transporte es realizado por más de un transportador, se pueden aplicar las diferentes Condiciones, Reglamentos y tarifas de cada transportado
  3. 3. Las Condiciones, Reglamentos y tarifas aplicables por cada transportador se incorporan por referencia en esta advertencia y son parte de su contrato de transpo
  4. 4. Las condiciones pueden incluir, pero no están limitadas a:
  • Condiciones y límites de responsabilidad del transportador por lesiones personales o muerte de los pasajeros.
  • Condiciones y límites de responsabilidad del transportador en caso de pérdida,

daño o retraso de bienes y equipaje, incluidos los bienes frágiles o perecederos.

  • Reglas aplicadas a la declaración de un valor más alto de equipaje y al pago de

cualesquiera cargos adicionales aplicables.

  • Aplicación de las Condiciones y límites de responsabilidad establecidos por el transportador en relación a los actos de sus agentes, empleados y representantes, incluyendo cualquier persona que suministre equipamiento o servicios al transportador.
  • Restricciones aplicables a reclamaciones, incluyendo plazos en que los pasajeros deben presentar reclamaciones o presentar demanda legal contra el transportador.
  • Normas aplicables a reconfirmaciones o reservas; horarios de facturación

(Check-in); uso, duración y validez de los servicios de transporte aéreo; y al derecho del transportador a recusarse hacer el transporte.

  • Derechos y límites de responsabilidad del transportador por retrasos o falla en la prestación de un servicio, incluidos los cambios de horarios, sustitución de transportadores o aeronaves alternativas y cambio de ruta, y, cuando sea requerido por la ley aplicable, la obligación del transportador de informar los pasajeros sobre la identidad de la compañía operadora o aeronave sustituida.
  • Derechos del transportador a denegarse hacer el transporte de los pasajeros que no cumplan con las leyes aplicables o que no presenten todos los documentos necesarios para el viaje.

 

  1. 5. Podrá obtener más información sobre su contrato de transporte y solicitar una copia en los puntos de venta del transportado Muchos transportadores publican esta información en sus sitios de Internet (websites). Siempre que la ley aplicable lo requiera, el pasajero tiene derecho a inspeccionar el contenido completo de su contrato de transporte en el aeropuerto y en los puntos de venta del transportador, y, bajo previa solicitud, a recibir de cada transportador una copia por correo u otro servicio de distribución, libre de cargos.

 

  1. 6. Si un transportador vende servicios de transporte aéreo o acepta equipaje especificando el transporte en otro transportador, actúa simplemente como agente del último.

 

SÓLO PODRÁ VIAJAR SI TIENE TODA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA VIAJAR, COMO PASAPORTE Y VISADO DE VIAJE.

ALGUNAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES PODRÁN SOLICITAR A SU TRANSPORTADOR QUE

FACILITE INFORMACIÓN SOBRE EL PASAJERO O PERMISO DE ACCESO A SUS DATOS.

 

DENEGACIÓN DE EMBARQUE: Los vuelos pueden estar sobre reservados (overbooking), y puede ser que no tenga asiento disponible en el vuelo, incluso si tiene una reserva confirmada. En la mayoría de los casos, si se le niega el embarque involuntariamente, tiene derecho a una indemnización. Cuando la ley aplicable lo requiera, el transportador deberá pedir voluntarios antes de denegar el embarque involuntariamente a los pasajeros. Consulte con su transportador sobre las normas aplicables al pago de indemnización por denegación de embarque (DBC – Denied Boarding Compensation) y sobre las prioridades de embarque aplicadas.

 

EQUIPAJE: Puede declarase exceso de valor de algún tipo de artículos. Los transportadores pueden aplicar reglas especiales para transportar artículos frágiles, valiosos o perecederos. Consulte su transportador.

Equipaje Facturable:

Los transportadores pueden autorizar una franquicia de equipaje gratuita, que se establece por el transportador y puede diferir según clase, ruta y/o tipo de aeronave. Los transportadores pueden aplicar cargos adicionales por equipaje facturado en exceso de su franquicia permitida. Consulte su transportador.

Equipaje de mano (no facturable):

Los transportadores pueden autorizar una franquicia de equipaje de mano gratuita, que se establece por el transportador y puede diferir según clase, ruta y/o tipo de aeronave. Se recomienda que el equipaje de mano sea el mínimo necesario. Consulte su transportador. Si el viaje implica más de una empresa transportadora, cada transportador puede aplicar diferentes reglas de equipaje (facturable y de mano).

 

LÍMITE ESPECIAL DE EQUIPAJE PARA VIAJES EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA:

Para el transporte efectuado únicamente entre puntos de Estados Unidos, las regulaciones federales americanas requieren que el límite de responsabilidad del transportador por el equipaje sea de al menos 3.300.00 Dólares Americanos por pasajero, o el importe establecido en la actualidad por  la 14 CFR 254.5.

 

HORARIO DE CHECK-IN: El horario que aparece en el itinerario/recibo es la hora de salida del avión. La hora de salida del avión no es la hora del check-in ni la hora en que el pasajero se tiene que presentar en la puerta de embarque. El transportador podrá denegar el embarque a un pasajero que se presente con retraso. El horario de check-in comunicado por su transportador corresponde al límite máximo en el que los pasajeros pueden ser aceptados para viajar; los horarios de embarque, según comunicado por el transportador, representan el límite máximo en el que los pasajeros deberán presentarse en la puerta de embarque.

 

ARTÍCULOS PELIGROSOS EN EL EQUIPAJE: Por razones de seguridad, no deben incluirse o transportar artículos peligrosos en el equipaje facturado o en el equipaje de mano (no facturable), a menos que exista un permiso especial. Los artículos peligrosos incluyen, pero no están limitados a: gases comprimidos, corrosivos, explosivos, líquidos y sólidos inflamables, materiales radioactivos, materiales oxidantes, sustancias tóxicas e infecciosas y maletines y carpetas de documentos con dispositivos de alarma instalados. Por razones de seguridad se pueden aplicar otras restricciones. Consulte su transportador.

 

ARTÍCULOS PELIGROSOS: No incluya en su equipaje ni lleve a bordo de un avión los artículos mostrados abajo sin consultar su transportador.