PREOCUPACIONES Y QUEJAS DE PASAJEROS CON NECESIDADES ESPECIALES
Siempre estamos disponibles para saber lo que usted piensa o ayudarle, si las cosas no salen según planeado.
ENVÍENOS SUS COMENTARIOS
Puede contactarnos por correo electrónico a la dirección CRO@euroatlantic.pt. Asegúrese de que el tema sea el siguiente: Comentarios del cliente: pasajeros con necesidades especiales.
DAÑOS / QUEJAS / DEMANDA DE EQUIPOS DE AYUDA A LA MOVILIDAD
Informe inmediatamente a nuestros representantes en el aeropuerto si su equipo de ayuda a la movilidad o cualquier equipo relacionado con su necesidad especial fue dañado durante su vuelo. Se creará un informe que necesitará si presenta esta queja específica.
Cumplimos con las normas de compensación del Convenio de Montreal para cualquier equipo dañado o perdido, pero siempre es una buena idea asegurarse de que su equipo también esté cubierto por un seguro de viaje.
PASAJEROS QUE VIAJAN HACIA / DESDE LOS EE. UU.
La decisión final del Departamento de Transporte de EE. UU. (DOT de EE. UU.) sobre no discriminación basada en necesidades especiales de viajes aéreos se aplica a todos nuestros vuelos hacia y desde los EE. UU. Cumplimos con todas las normas US DOT 14 CFR Parte 382
La siguiente información puede ayudar si usted tiene una queja o preocupación con respecto a la discriminación, adaptaciones o servicios en relación con sus derechos como pasajero con una discapacidad.
SOLICITE UN RESPONSABLE QUE LE AYUDE EN ESTE PROCESO (COMPLAINT RESOLUTION OFFICIAL – CRO)
Si le sucede algún problema al viajar con nosotros, no dude en pedir a cualquier miembro de nuestra tripulación o personal de tierra que se ponga en contacto con un responsable para ayudarle (Complaint Resolution Official – CRO)
Estos CRO están especialmente capacitados, son sensibles y conocen todas las regulaciones y leyes aplicables, y estarán encantados de responder sus preguntas y ayudarlo a abordar sus inquietudes con respecto a sus necesidades especiales.
DECISIÓN FINAL SOBRE NO DISCRIMINACIÓN POR MOTIVOS DE DISCAPACIDAD EN LOS VIAJES AÉREOS
Cambios recientes a US DOT 14 CFR Parte 382, introducidos por la Decisión final de DOT de EE. UU. sobre la no discriminación basada en las necesidades especiales de viajes aéreos, se aplican a las aerolíneas extranjeras que operan desde y hacia los EE. UU.